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TRAS CARTÓN   La Paternal, Villa Mitre y aledaños
 16 de mayo de  2026
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A 200 años del Bando de Oliden

A 200 años del Bando de Oliden

El 30 de agosto de 1815, el gobernador intendente de Buenos Aires dictó un bando de carácter opresivo para todo aquel que careciera de propiedad en ese distrito. Atizada por esta circunstancia, se ha desarrollado a lo largo de décadas una polémica acerca de la modalidad de las relaciones de producción en la campaña de Buenos Aires de los albores del siglo XIX, que tiene significativas resonancias en la interpretación del presente.
El 30 de agosto de 1815 el gobernador intendente de Buenos Aires, Manuel Oliden, dictó un bando cuyo artículo 1º establecía: “Todo individuo de la campaña que no tenga propiedad legítima de que subsistir, y que haga constar ante el juez territorial de su partido, será reputado de la clase de sirviente”. Con esta disposición, los trabajadores rurales (gauchos) que faenaban, a cuenta de un propietario o estanciero,  ganado vacuno con el objeto de aprovechar sus cueros eran reducidos a la condición de sirvientes. Para poder circular por la campaña debían contar con una papeleta de conchabo expedida por el propietario y firmada por el juez de paz. En caso de no contar con esa papeleta, si era detenido por las autoridades de la campaña, era reputado o calificado como vago y malentretenido, y obligado a servir en la frontera o conducido al trabajo en obras públicas. A todas luces el Bando de Oliden pretendía restringir la libertad de movimiento de los trabajadores rurales o gauchos y era una coerción extraeconómica que pesaba sobre la población no propietaria de la campaña de Buenos Aires.
¿Esta coerción extraeconómica implicaba una relación de tipo feudal o semifeudal? ¿O, por el contrario, era una coerción que se insertaba dentro del proceso de expropiación de los productores directos respecto de los medios de vida, obligándolos a trabajar en una estancia por un salario, ya sea en dinero o en especie, y de esta manera se apuntaba hacia la salarización de la fuerza de trabajo y la conformación de un latifundio de tipo capitalista? Para responder a estas preguntas es necesario primero precisar los conceptos de feudalismo y capitalismo.
Podemos definir el modo de producción feudal como un conjunto de obligaciones que pesan sobre los productores directos (campesinos) de satisfacer determinadas exigencias de los señores o nobles, ya sea bajo la forma de renta en trabajo, o en especie o dinero. Estas obligaciones (coerción extraeconómica) eran necesarias porque los pequeños productores campesinos guardaban una relación de propiedad o de posesión respecto de los medios de producción o de parte de ellos. El principal medio de producción, que era la tierra, se encontraba en una situación tal en la que se superponían respecto de ella las relaciones de propiedad comunal de los campesinos con las relaciones de propiedad también de tipo comunitario de los señores; consecuentemente solo una coerción extraeconómica, proviniese de la organización política (Estado) o de las formas de conciencia social (en particular las costumbres), les permitía a los señores de la nobleza apropiarse del trabajo excedente de los campesinos. Asimismo estos eran propietarios de parte de los medios de trabajo, como la hoz, el arado o el rastrillo. Esto era posible porque los medios de trabajo revestían el carácter de herramientas manuales de tipo personal. En el feudalismo, los campesinos son pequeños propietarios sobre los que pesa la gran propiedad señorial. Pero lo que le confiere a esta el carácter de propiedad feudal no es su condición de gran propiedad sino el hecho de asentarse en coerciones extraeconómicas sobre las pequeñas propiedades, que también revisten un carácter feudal.
Por el contrario, en el capitalismo los productores directos están expropiados respecto de los medios de producción, no cuentan sino con su fuerza de trabajo para reproducir sus condiciones de existencia y por ende se encuentran ante la necesidad de vender esta fuerza de trabajo a los capitalistas por un salario que les permita comprar en el mercado sus medios de vida (comida, ropa, vivienda, etcétera). El capitalismo es el proceso que separa las condiciones objetivas del proceso de producción respecto del factor subjetivo de ese proceso, lo que determina que las primeras, es decir, las condiciones objetivas, adquieran la forma de capital, y el segundo, el factor subjetivo, la condición de trabajador asalariado. Este proceso no es consecuencia del libre juego de las fuerzas del mercado, sino que es producto de una violencia (coerción extraeconómica) que se ejerce sobre los productores directos (campesinos), separando a estos de la tierra (medio de producción); es lo que Marx denominó la acumulación originaria. La economía por sí sola no produce capitalistas y proletarios. Es necesaria la violencia estatal para dar origen a un mercado de trabajo.
Hechas estas aclaraciones, debemos ahora preguntarnos ante qué tipo de coerción extraeconómica nos encontramos con el Bando de Oliden. En primer término, los trabajadores rurales o gauchos no constituían una comunidad como eran las comunas campesinas del Antiguo Régimen en Europa. No guardaban una relación de propiedad con la tierra ni tampoco respecto del ganado. Se podría decir que sí eran propietarios de las boleadoras, o del lazo o de la desjarretadora. Pero estas herramientas solo podían ser funcionales en relación a la propiedad del ganado. En efecto, si la hoz, el arado o el rastrillo eran relevantes para el campesino europeo, ello se debía a su relación de propiedad o posesión respecto de la tierra (mansos, fundos, en todo caso pequeñas parcelas). Como el gaucho no era propietario de una parte del ganado, no se necesitaba de una coerción extraeconómica, por parte de los propietarios o estancieros, para extraerle una parte de los cueros. Es cierto que el gaucho podía “apropiarse” de una cabeza de ganado por medio del cuatrerismo, así como también podía dedicarse a cazar perdices o avestruces o nutrias y cambiar en las pulperías sus cueros, pieles o plumas por tabaco, aguardiente o azúcar. Pero estas eran actividades delictivas.
Precisamente el Bando de Oliden apunta a expropiar a los trabajadores rurales o gauchos de los medios de vida: es decir, de lo que uno podía cazar o apropiarse en la Pampa y de esta manera vivir sin trabajar para el estanciero.
En el artículo 5º el mencionado bando decía: “Todo individuo, aunque tenga la papeleta, que transite por la campaña sin licencia del juez territorial, o refrendada por él, será reputado por vago”. Aquí aparece el término “vago”, que podríamos acompañar con el de “malentretenido”. El concepto de vagancia era una tipificación que hacía la burguesía terrateniente de aquellos trabajadores rurales o gauchos que no trabajaban en las estancias porque reproducían sus condiciones de existencia “cazando” en la Pampa. Asimismo debemos recordar que nos encontramos frente a una frontera abierta, lo que incrementaba la posibilidad de vivir sin trabajar, es decir, la posibilidad de vivir sin necesidad de trabajar en una estancia. La calificación de “vago” alude a la condición de trabajadores potenciales que no trabajan para los estancieros. En cuanto a lo de “malentretenido”, refiere a las reuniones frecuentes en las pulperías de la campaña, donde los gauchos pasaban el tiempo jugando a las cartas o a la taba, bebiendo alcohol o guitarreando, por lo que constituían un factor de dispersión o revulsión social.
Puestos ante estas relaciones sociales es que pensamos que el Bando de Oliden no apunta a crear una servidumbre o semiservidumbre de tipo feudal: para ello debería haber creado una relación de propiedad o posesión del gaucho respecto de la tierra o el ganado, medida que en ningún momento se adoptó. El objetivo del Bando era que los gauchos trabajasen en la estancia por un salario, ya sea este en dinero o en especie. En otros términos, nos encontramos frente a un proceso de expropiación de los productores directos respecto de los medios de vida (avestruces, nutrias, huevos, perdices, etcétera), proceso que, al igual que la expropiación de los productores directos (campesinos) en Europa, se basó en la coerción extraeconómica, en la violencia. La diferencia reside en que en Europa se partió de una relación feudal y se rompió la relación del campesino con la propiedad de la tierra, mientras que en el Río de la Plata se partió de relaciones mercantiles previas y se rompió la relación de los trabajadores rurales con los medios de vida.
El proceso de formación del capitalismo en el Río de la Plata –problema que excede los límites de la presente nota– tuvo en la gran propiedad agraria su condición de posibilidad. Nos encontramos frente a un latifundismo capitalista exportador que en la época del Bando de Oliden se corresponde al ciclo del cuero y del tasajo (carne salada). Las relaciones capitalistas siempre partieron del ámbito rural para extenderse al urbano, la particularidad del Río de la Plata (la Pampa) consistió en que no se formó una burguesía rural a partir de la diferenciación social y clasista de las comunidades campesinas, sino que fue la propia clase terrateniente la que conformó una burguesía rural articulada por la gran propiedad.

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